Cuáles leyes incumplió el MSP durante la pandemia?

Cuáles leyes incumplió el MSP durante la pandemia?

El año que viene las autoridades sanitarias ya comunicaron que llevarán adelante una nueva campaña de vacunación anticovid. Sin embargo nos llama la atención que se continúe incumpliendo con la normativa vigente. Cuáles leyes incumplió el MSP durante la pandemia? Lo hará nuevamente en el 2024?

En marzo del 2021 comenzó una campaña de vacunación sin precedentes en nuestro país. En un clima mediático salvaje respecto a lo que estaba sucediendo en el mundo y donde los datos provocaron un miedo inusitado, el gobierno dejó de lado la normativa vigente y el silencio fue sepulcral. Cuáles leyes incumplió el MSP durante la pandemia es lo que intenta abordar este breve artículo. Pero habrá que ahondar posteriormente en las complicidades. El gobierno incumplió con varias leyes, como veremos, bajo el silencio cómplice de la oposición, de los científicos y del periodismo en general.

INCUMPLIMIENTO DE LA LEY 9.202 ARTÍCULO 2 INCISO 5

Esta ley es muy clara respecto al protocolo de análisis de los medicamentos que se brindan a la población en general.

Difundir el uso de las vacunas y sueros preventivos como agentes de inmunización, imponer su uso en casos necesarios y vigilar el cumplimiento de las leyes que imponen la obligatoriedad de vacunación y revacunación antivariólica. El Ministerio de Salud Pública contraloreará la preparación oficial y privada de sueros y vacunas.

Es decir, esta ley obliga a las autoridades sanitarias de nuestro país a comprobar que la preparación de sueros y vacunas se adapte a los requerimientos sanitarios, vinculados también a la seguridad de sus componentes.

Ante un pedido de informes solicitado, el MSP respondió lo siguiente:

Queda claro que el MSP no controló los componentes de las vacunas que se aplicaron desde marzo del 2021 en Uruguay. La gravedad es mayor cuando estas vacunas se encontraban en ese momento en fase experimental y se desconocían y desconocen hoy día los posibles efectos adversos de largo plazo.

Así y todo, se resolvió la vacunación universal a menores de edad con sustancias no controladas ni analizadas por el MSP.

INCUMPLIMIENTO DE LA LEY DE ÉTICA MÉDICA 19286 ARTÍCULO 64

Continuando con el razonamiento, es preciso recordar que las vacunas de Pfizer se desarrollaron en base a una tecnología innovadora y en tiempo récord. Por lo tanto no contaron con la aprobación definitiva por parte de la FDA, por ejemplo.

En estos casos la ley de Ética Médica es muy clara.

Como se puede ver en la captura de pantalla el artículo 64 considera que «es un derecho de todo individuo recibir información veraz para dar su consentimiento informado antes de participar como sujeto en cualquier tipo de investigación y es deber del médico investigador recabarlo».

¿Los uruguayos recibimos toda la información veraz sobre las vacunas aplicadas a la población? Evidentemente no. Ni siquiera se nos aclaró por escrito que se trataban de sustancias en fase experimental.

INCUMPLIMIENTO DE LA LEY 18.335 ARTÍCULOS 7 Y 11

Esta ley está muy vinculada a la anterior y el no cumplimiento de la misma es extremadamente grave.

Esta ley es sumamente clara cuando se señala que es un derecho «conocer los posibles efectos colaterales derivados de su utilización» (de medicamentos).

¿Los uruguayos accedimos a la información sobre los posibles efectos colaterales de las vacunas? No, claramente no. Lo que sí se firmó al momento de vacunarse es un «pacto jurisdiccional», donde se establece que el ciudadano que recibe la vacuna no puede demandar al laboratorio que la produjo.

Aquí vale la pena concluir que el gobierno decidió proteger los intereses de una empresa farmacéutica transnacional en lugar de proteger el derecho a la información de todos los uruguayos.

Cuando las personas concurrieron a vacunarse no recibieron la información clara de los posibles efectos adversos, tampoco estuvieron en conocimiento de que se trataban de vacunas en fase experimental y que no se sabían los efectos de mediano y largo plazo.

Por otra parte el artículo 11 de esta misma ley establece que «todo procedimiento de atención médica será acordado entre el paciente o su representante -luego de recibir información adecuada, suficiente y continua- y el profesional de salud«.

Se brindó información adecuada, suficiente y continúa respecto a las vacunas? Claro que no.

Además del gobierno, ni la oposición, ni la academia ni la prensa, dijeron nada al respecto.

INCUMPLIMIENTO DE LA LEY 17.250 ARTÍCULO 24

La ley 17.250 tiene que ver con la publicidad engañosa. En el artículo 24 expresa lo siguiente:

Se entenderá por publicidad engañosa cualquier modalidad de información o comunicación contenida en mensajes publicitarios que sea entera o parcialmente falsa, o de cualquier otro modo, incluso por omisión de datos esenciales, sea capaz de inducir a error al consumidor respecto a la naturaleza, cantidad, origen, precio, respecto de los productos y servicios.

En la campaña de vacunación llevada por el MSP y el gobierno se omitieron datos relevantes sobre las sustancias que se inocularían los uruguayos. Se obviaron datos sobre la efectividad de las vacunas y evidentemente, lo más grave, sobre la seguridad.

INCUMPLIMIENTO DE LA LEY 18381 ARTÍCULO 12

Esta ley se refiere a los “contratos secretos” firmados por el Estado.

El artículo 12 establece lo siguiente:

“(Inoponibilidad en casos de violaciones a los derechos humanos).- Los sujetos obligados por esta ley no podrán invocar ninguna de las reservas mencionadas en los artículos que anteceden cuando la información solicitada se refiera a violaciones de derechos humanos o sea relevante para investigar, prevenir o evitar violaciones de los mismos”.

Es evidente que la salud es un derecho humano fundamental y por lo tanto el Estado incumplió con la ley al firmar un contrato reservado con una empresa farmacéutica transnacional.

Con el mismo peso de incumplimiento podemos pensar los contratos secretos vinculados a un recurso humano fundamental como el agua, aunque de ese tema nos hemos referido en otros artículos.

Por el hilo conductor que hemos desarrollado podemos concluir que el gobierno, en este caso el MSP, incumplió gravemente con la normativa vigente bajo el silencio cómplice de la oposición, la academia y los medios periodísticos en general.

Mientras tanto, cuando el juez Alejandro Recarey se expidió sobre el tema, intentando que el MSP cumpliera con las diferentes leyes mencionadas, le llovieron críticas por parte del gobierno, de la oposición, de los científicos y de los periodistas en general. Es curioso que ante un pedido de cumplimiento de la ley haya existido una respuesta tan monolítica en contra. ¿Por qué se fue cómplice de de este atropello a nuestra soberanía? ¿Cómo es posible que hasta el día de hoy pocos uruguayos reaccionaran ante estos incumplimientos?

También te podría gustar...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *